El estigma de un contador expulsado
El estigma es una marca de desgracia o infamia; una mancha o reproche, como en la reputación de uno.

Recientemente, la Securities and Exchange Commission (SEC) acusó a los auditores de la firma de corredores y agentes de Bernard Madoff de cometer fraude de valores al representar falsamente que habían realizado auditorías legítimas, cuando en realidad no lo habían hecho.

La SEC señala que Friehling habilitó el esquema Ponzi de Madoff al declarar falsamente, en informes de auditoría anuales, que F&H auditó los estados financieros de BMIS de conformidad con las Normas de auditoría generalmente aceptadas (GAAS), incluidos los requisitos para mantener la independencia del auditor y realizar procedimientos de auditoría con respecto a la custodia de valores.

F&H también declaró que los estados financieros de BMIS se presentaron de conformidad con los Principios de contabilidad generalmente aceptados (GAAP) y que Friehling revisó los controles internos en BMIS, incluidos los controles sobre la custodia de activos, y no encontró deficiencias materiales, de acuerdo con la información de la SEC. Afirmó que Friehling sabía que BMIS distribuía regularmente los informes anuales de auditoría a los clientes de Madoff y que los informes se archivaron ante la SEC y otros reguladores.

Expulsado o suspendido

El Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados (AICPA) define claramente el alcance y las consecuencias para un miembro expulsado o suspendido, como David G. Friehling y su empresa, Friehling & Horowitz, CPA, P.C. (F&H). Esto es lo que establece la IACPA en sus definiciones de sanciones / disposiciones éticas:

El AICPA expulsó a un miembro o suspendió a un miembro por un período de hasta dos años. Durante el período de suspensión, un miembro no debe identificarse a sí mismo como miembro de AICPA en ningún membrete u otro material escrito, y no puede votar ni ocupar un puesto de comité u oficina en el AICPA. Además, el comité de ética o un panel de la Junta de Ensayo puede ordenar a un miembro que complete cursos específicos de educación profesional continua (CPE) o que tome otras medidas (por ejemplo, envíe informes posteriores y / o documentos de trabajo para un monitoreo continuo) durante el período de suspensión.

Según los estatutos de AICPA, el AICPA puede expulsar o suspender a un miembro sin una audiencia debido a lo siguiente: el certificado del miembro como CPA o licencia para practicar se suspende o se revoca o un miembro es condenado por:

(i) un delito punible con prisión de más de un año,
(ii) la falta intencional de presentar cualquier declaración de impuestos sobre la renta que la ley exige que presenten,
(iii) la presentación de una declaración de impuestos falsa o fraudulenta, o
(iv) la ayuda intencional en la preparación y presentación de una declaración de impuestos falsa y fraudulenta de un cliente.

Además, los estatutos prevén la expulsión o suspensión (o amonestación) de un miembro sin una audiencia cuando una organización gubernamental u otra organización aprobada tome una acción disciplinaria contra dicho miembro.

La publicación de expulsiones y suspensiones es obligatoria.

Amonestación

La Junta de Juicios Conjuntos de AICPA advirtió públicamente a un miembro que violó el Código de Conducta Profesional, pero la gravedad de la violación no garantiza la suspensión de la membresía.

La publicación de advertencias es obligatoria.

Acción correctiva requerida

El comité de ética emitió una carta de acción correctiva requerida que indicaba a un miembro que completara uno o más de los siguientes: hasta 80 horas (o más) de cursos de CPE específicos, enviar informes posteriores y documentos de trabajo para su revisión, y / o enviar a una revisión previa a la emisión por una parte externa de informes, estados financieros y documentos de trabajo sobre trabajos seleccionados. El comité de ética emite cartas de acción correctiva requerida cuando concluye que la acción correctiva es apropiada y la violación no es de suficiente gravedad para garantizar la suspensión o expulsión de la membresía. El AICPA no publica los términos de la carta de acción correctiva requerida.

Sin violación / despido

El comité de ética completó la investigación y no encontró evidencia prima facie de una violación del Código de Conducta Profesional.
El comité de ética desestimó un caso ya que ninguna disposición del Código de Conducta Profesional se aplica a la queja o las alegaciones en la queja no constituyen una violación del Código.

Ninguna otra acción

El comité de ética cerró la investigación porque no pudo obtener evidencia suficiente de que hubiera ocurrido o no una violación prima facie del Código de Conducta Profesional, o decide, a su discreción, que la investigación ya no debería continuar.

Monitoreo posterior completado satisfactoriamente

El comité de ética aceptó el producto de trabajo que los miembros debían presentar en función del asunto disciplinario anterior.

Otro

Compuesto principalmente por casos remitidos por AICPA a sociedades estatales para su investigación, según lo establecido en el acuerdo entre AICPA y la sociedad estatal de CPA.

Los contadores forenses deben cumplir con un Código de ética muy estricto que alinee todas las disposiciones del Código de conducta profesional de AICPA.

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