Datos fiscales - Deducción de la contribución caritativa Nuevos requisitos para las declaraciones de 2007
Érase una vez en la Tierra de los desinformados, existía el mito de que todas las contribuciones caritativas de efectivo eran deducibles incluso si no tenía un recibo de ningún tipo para demostrar que la contribución se realizó. Al final de cada año calendario, las buenas personas de la tierra arrojarían todos sus cambios sueltos a las colecciones de la iglesia y a los recipientes y recipientes de recolección de vacaciones en la esquina de la calle y luego, cuando fueran a ver a su Preparador de Impuestos o prepararan sus propias declaraciones personales, lo harían calcule cuánto cambio suelto habían aportado para el año fiscal y deduzca las contribuciones a organizaciones benéficas organizadas misceláneas. Algunas veces harían esa estimación basada en un porcentaje aleatorio que creían que era un porcentaje aceptable de contribuciones caritativas que no desencadenaría una auditoría por parte del Recaudador de impuestos de la tierra.

Bueno, en algún punto del camino, el Recaudador de Impuestos de la Tierra decidió que debería haber reglas más estrictas relacionadas con la prueba de las contribuciones caritativas y es por eso que ahora nos enfrentamos con nuevas reglas más estrictas para el año fiscal 2007 para las contribuciones caritativas. Las nuevas reglas indican que no puede deducir ninguna contribución en efectivo a menos que tenga un registro bancario que documente y respalde la donación, como un cheque cancelado o un recibo de tarjeta de crédito o una declaración escrita de la organización benéfica que cumpla con los nuevos requisitos de la ley fiscal. Además, si la contribución en efectivo es de $ 250 o más, un registro bancario no es prueba suficiente; debe obtener una declaración provista por la organización benéfica receptora.

Por lo tanto, las personas en la Tierra de los desinformados que solían ir a la oficina de su preparador de impuestos y hacer una declaración que decía algo así como, "solo tome el máximo que puedo tomar para contribuciones caritativas" realmente no tienen suerte porque antes cuando su preparador les dijo que no había un porcentaje o cantidad permisible específica que a veces simplemente sacaban una cantidad del aire e indicaban que definitivamente era un número razonable y comprobable. Ahora - SIN documentación, significa SIN deducción.

Si es fin de año y tiene poco efectivo, pero aún desea obtener el beneficio de la deducción de impuestos en el año fiscal actual, es aceptable cargar la contribución a una tarjeta de crédito, ya que la contribución es deducible en el año se realizó el cargo, no en el año en que el pago se realizará en la tarjeta.

La moraleja de la historia es que si usted dice que hizo una contribución a una organización benéfica, y tiene la intención de deducir la contribución en su declaración de impuestos, debe ser capaz de proporcionar la prueba adecuada de que realmente hizo la contribución a un destinatario elegible. Entonces, a medida que las leyes de la tierra se vuelven más estrictas, puede ser más necesario prestar más atención a su planificación y documentación tributaria no solo al final del año sino durante todo el año. Y en caso de que piense que puede tomar la deducción y reclamar más tarde que no estaba al tanto de los cambios en la ley tributaria y, por lo tanto, no debería ser penalizado si sus deducciones caritativas se cuestionan más tarde, la respuesta típica del IRS a esa defensa es esa ignorancia de La ley no es una defensa. Por lo tanto, si vive en la Tierra de los desinformados, es posible que desee considerar mudarse o, como una solución menos radical, tómese el tiempo para mantenerse informado tanto como sea posible o consultar a los profesionales según sea necesario para evitar estar mal informado.


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